¿Ya tienes tu mascota asegurada?

Tener una mascota conlleva una serie de responsabilidades, desde el cuidado diario a las visitas al veterinario o poner sus correspondientes vacunas. La contratación de un seguro para animales de compañía es una cuestión que cada vez más se plantean los dueños, tanto para proteger al propietario, como a la propia mascota ante diferentes situaciones que puedan surgir, pero ¿es obligatorio contar con una póliza de seguros?

La normativa estatal sólo obliga a contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros a los dueños de perros de determinadas razas, concretamente las denominadas potencialmente peligrosas (PPP) debido a que su mordida puede causar graves daños, pero todo apunta que en este año el Seguro de Mascotas será obligatorio para todas.

El jueves 9 de febrero el Pleno del Congreso aprobó la Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales,  y si bien aún debe tramitarse en el Senado una vez que la futura Ley de Bienestar Animal entre en vigor entre las medidas que se incluyen en la nueva normativa, se encuentra la de contratar un seguro de responsabilidad civil para perros obligatorio por daños a terceros que proteja a las personas responsables de perros.

Los seguros para mascotas incluyen distintas coberturas, principalmente la responsabilidad civil que cubre las lesiones o daños que puedan ocasionar a terceros, ya sean personas, otros animales o cosas.

Si tienes una mascota y quieres saber más sobre este producto no dudes en ponerte en contacto con nosotros donde te asesoraremos sin ningún compromiso.

Puedes hacerlo visitando nuestra web, nuestras oficinas o si lo prefieres llamándonos por teléfono.

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Nuestros asegurados disfrutan de las siguientes al utilizar nuestros centros colaboradores en las islas principales:

  • Primera consulta médica en las 48 horas siguientes a la solicitud.
  • Reconocido cuadro médico especializado, con medios tecnológicos de última generación.
  • Tramitación por el centro colaborador de las pruebas diagnósticas y/o interconsultas que se requieran con otros especialistas.
  • Inicio del tratamiento de rehabilitación, de estar prescrito por el médico, dentro de las 48 horas siguientes.
  • Seguimiento del equipo médico de Mutua Tinerfeña, para garantizar que recibe una eficiente asistencia sanitaria, cumpliendo con los más altos estándares de calidad.
Rapidez en la prestación del servicio por parte del taller.
 Agilidad en la gestión del siniestro al no ser preciso peritar el daño.**
 Sencillez de trámites al no requerir la elaboración de parte de siniestros.
 Disponibilidad de unidades móviles de reparación.*

*Según disponibilidad del taller.
**En caso de daños en más de una luna o causados por óxido en el marco es necesario peritar.

 Disponibilidad de vehículo de cortesía el tiempo que dure la reparación (una vez aceptado el siniestro)*
 Preferencia en la reparación, sin lista de espera*
 Garantía extra en las reparaciones (2 años).
 Servicio de teleperitación.
 Revisión de puntos básicos de mantenimiento y seguridad del vehículo (sin cargo adicional).
 Elaboración de presupuesto con tarifas especiales en la reparación de otros daños anteriores o ajenos al siniestro.
 Recogida y entrega del vehículo a conveniencia del asegurado (domicilio, lugar de trabajo, etc).**
 Servicio de depósito temporal del vehículo (máximo 7 días).
 Limpieza exterior del vehículo.


*Según disponibilidad del taller.
**En un radio de aproximadamente 20 kilómetros desde el taller.

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